jueves, 28 marzo, 2024

La Anmat prohibió un aceite de oliva y un producto médico

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió el uso, la comercialización y distribuición en todo el territorio nacional de un aceite de oliva y un producto médico, según se publicó hoy en el Boletín Oficial.

A través de la disposición 6177/2020, la entidad informó que quedan inhabilitados los productos rotulados como sistema de navegación para electrofisiología “CARTO 3: Código FG540000- serie 14278”; sistema de navegación para electrofisiología “CARTO XP: código XPV2007-serie 6278”; y bomba de irrigación “COOLFLOW PUMP: Código CFP002-serie 4270”, hasta tanto el titular del registro tome posesión de los equipos para su verificación y certificación de su estado.

“Los mencionados equipos son utilizados en la corrección de cardiopatías (fibrilación auricular) y requieren mantenimiento periódico que la empresa Johnson & Johnson Medical S.A. brinda de forma exclusiva en la República Argentina, mantenimiento que resulta indispensable para asegurar el buen funcionamiento y garantizar seguridad al paciente”, explica el texto.

Por otra parte, la administración también prohibió, bajo la disposición 6188/2020, la comercialización de los productos: “Aceite de oliva Clásico”, “Aceite de oliva Clásico saborizado con Ajo” y “Aceite de oliva Clásico saborizado con Tomillo”, todos de la marca “La mia terra”, con RNPA N° 025- 13031995, envasados por RNE N° 13005447, producidos en Mendoza, por estar falsamente rotulados y que utilizan los registros sanitarios de otra razón social dados de baja en el año 2014, resultando ser en consecuencia producto ilegales.

“Se tratan de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado”, dice el documento.

Por ello, “a fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate productos alimenticios que carecen de registros, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la comercialización en todo el territorio nacional”, concluye la Anmat.

(Fuente: La Nación)

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