martes, 16 abril, 2024

Un gendarme pide ser trasladado a Iguazú para atender a su hija con discapacidad

Se emitió un dictamen a favor de un gendarme al que se le había denegado su solicitud para permanecer en la ciudad de las Cataratas, donde vive su hija, quien por prescripción médica necesita contención familiar


La Fiscalía Civil y Comercial y Contencioso Administrativo Federal N°8 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) emitió dictamen a favor de un efectivo de Gendarmería Nacional para que sea trasladado de forma “inmediata y urgente” a Puerto Iguazú, y allí pueda brindar atención a su hija con discapacidad, quien por prescripción médica necesita contención familiar.

De acuerdo con lo expuesto por el efectivo de Gendarmería, las autoridades de esa fuerza dispusieron su traslado a CABA y denegaron su solicitud para permanecer en Puerto Iguazú, ciudad en la que -durante su servicio- “la familia adquirió estabilidad y una vivienda propia”.

La medida fue tomada por el titular de la Fiscalía, Fabián Canda, a favor de una acción de amparo interpuesta por el gendarme a quien se ordenó que preste servicios en CABA, informó el sitio web fiscales.gob.ar.

El dictamen para que el gendarme sea trasladado al Escuadrón 13 de la ciudad de las Cataratas fue formulado el 23 de diciembre pasado.

La jueza María Alejandra Biotti, titular del Juzgado Cinco del fuero, había hecho lugar a una medida cautelar que suspendió el traslado.

El representante del Ministerio Público Fiscal puso de relieve la atención especial que debe recibir la niña por parte de su núcleo familiar en base a lo recomendado por los profesionales de la salud que la atienden.

Además, analizó los aspectos del orden jurídico nacional e internacional que obligan al Estado argentino a realizar acciones positivas para que las personas con discapacidad -en especial, niños y niñas- accedan a sus derechos fundamentales.

Según informaron, en el caso se acreditó que la niña tiene un retraso madurativo con una discapacidad del 76% y que, en función de ello, se le recomendó a su padre y madre “no generar cambios en lo ligado a la movilidad del grupo familiar a otra localidad, debido que esta situación sería otra fuente de estrés que tendría implicancia negativa en su salud y desempeño escolar”.

Canda dictaminó que “la aplicación del marco constitucional, convencional y legal en materia de protección de las personas con discapacidad” reafirma la legitimidad de la acción de amparo en este caso.

Subrayó, entre otros argumentos, que el reclamo está amparado por el mismo Reglamento de Asignación de Cargos y Destinos del Personal de Gendarmería con Estado Militar, el cual en su artículo 2003 establece que “serán consideradas las solicitudes por cambio de destino” cuando se acredite enfermedad del titular, de familiar directo y/o familiar legalmente a cargo ante la institución.

Fuente: Télam